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CARGADO DE IMPUESTOS VIENE EL 2020


       El 2020 viene con grandes cambios en materia fiscal para los contribuyentes, la autoridad hacendaria recetó varias sorpresas para los que son formales y que pagan impuestos.

       1-Se elimina la compensación universal, donde el contribuyente declara saldo a favor no podrá cobrarlo hasta que pague el IVA en contra, esta medida se toma porque la autoridad dice que hay empresas que simulan operaciones, generan saldos a favor que no son reales y los aplican contra los impuestos a cargo.

       De esta manera el SAT se asegura de que si tienen saldo a favor que los soliciten en devoluciones, aunque también el SAT pone trabas para pagar devoluciones de impuestos.

2-Cobros en tus ahorros: en los cambios fiscales hay uno que a los ahorradores les afecta ya que aumentó la tasa de retención sobre los intereses, es decir pagarán más por ahorrar.

«Si tiene una cuenta de ahorro y tienes un millón de pesos y te dio una utilidad de 100 mil pesos en el año, antes te retenían el 0.58% de tu ahorro y luego el 0.60% ahora está en 1.43%, ha ido aumentando la tasa de retención del ISR sobre los intereses. Había aumentado pero con esta reforma aumenta casi un 50%, es un cambio brusco», explico César Martínez, presidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de la zona sur de Tamaulipas.

       3-Servicios digitales: Si obtienes ingresos por alquilar o vender un inmueble por medio de una plataforma digital , ahora habrá una retención del 20% como ISR sobre el total de ingresos percibidos, se deberá expedir una factura, explicó la Prodecon al respecto.

Además se deberá tributar el 16% como IVA si se brindan servicios digitales por los que se cobre una contraprestación, en este rango entran: películas, texto, imágenes, música, juegos, noticias, videos.

       4-Subcontratación laboral: si pagas servicios de subcontratación laboral para deducirlo deberás de retener y enterar el 6% del valor de la contraprestación por concepto del IVA

       5-Servicios de transporte particular: Los Uber, Didi o Cabify y similares deberán pagar el IVA a partir del 2020, esto llevará a que la plataforma retenga el impuesto a los usuarios.

       6-Depósitos en efectivo: si se reciben depósitos en efectivo por una cifra mayor a 15 mil pesos el banco informará al SAT y si se pagará impuesto en este caso ISR, solo no se paga si es un deposito por concepto de prestación social, cajas de ahorro, viáticos, donativos de padres, hijos o cónyuge.

       7-Sanciones si gastas más de lo que ganas: la discrepancia fiscal es cuando alguien está gastando más de lo que percibe como ingresos, o prestando la tarjeta de crédito a familiares. En el caso que Hacienda detecta que estás gastando más dinero del que ganas o que no estás pagando ISR, te hará una notificación y tendrás 20 días para redactar un informe donde se argumente a detalle de dónde vienen esos excedentes.

       8-Facturación instantánea: esta será emitida cuando pagues con tarjeta de débito o crédito, las departamentales quedan fuera, será solo en los comercios que acepten este medio de pago, se estima que el sistema quede listo en los primeros 4 meses del 2020, se podrá leer el código QR con el que se imprimirá el comprobante, la facturación será opcional en los casos donde son gastos por cuentas a terceros o no deducibles.

       9- Estrategias fiscales: Los contadores públicos deberán de reportar al SAT si sus clientes usan estrategias fiscales para pagar menos impuestos de lo contrario serán multados con hasta un millón de pesos.

       10: Deducción de deuda: las empresas podrán deducir solo 30% de los intereses de las deudas que hayan contraído, la limitación aplica para montos de mas de 20 millones de pesos.

       11- Quiebras: Antes cuando la empresa se declaraba en quiebra, estaban exentos los socios de responsabilidad solidaria, ahora ya no, tendrán que pagar adeudos fiscales de la empresa del patrimonio de los administradores o socios.

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